Admisión de alumnos curso 2024/2025 Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid acaba de notificar la Resolución por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Especial.
Criterios prioritarios
1. Hermanos matriculados en el centro:
- En caso de que haya un hermano matriculado en el centro solicitado. (15 puntos)
- En caso de que haya dos o más hermanos matriculados en el centro solicitado. (30 puntos)
2. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de los padres o tutores legales del alumno:
- Domicilio o lugar de trabajo de uno o cualquiera de los padres o tutores legales del alumno, situado en el miso municipio del centro solicitado. (12 puntos)
- En el caso del municipio de Madrid, además de la puntuación obtenida por el apartado anterior, si el domicilio familiar o lugar de trabajo de uno de los padres o tutores legales del alumno está ubicado en el mismo distrito municipal que el centro solicitado. (1 punto)
- Domicilio o lugar de trabajo de uno cualquiera de los padres o tutores legales del alumno situado en un municipio de la Comunidad de Madrid distinto al del centro solicitado. (8 puntos)
3. Renta de la unidad familiar:
- Alguno de los padres o tutores legales del alumno es beneficiario de la ayuda de la renta mínima de inserción o del ingreso mínimo vital. (12 puntos)
Criterios complementarios
4. Padres o tutores legales del alumno que trabajen en el mismo centro para el que solicita plaza. (10 puntos)
5. Alumno solicitante perteneciente a familia numerosa. El concebido no nacido se contabilizará a los efectos de aplicación del presente criterio de admisión.
a) Familia numerosa general. (10 puntos)
b) Familia numerosa especial. (11 puntos)
6. Alumno solicitante nacido en parto múltiple. (3 puntos)
7. Alumnos solicitante perteneciente a familia monoparental. (3 puntos)
8. Alumno solicitante en situación de acogimiento familiar. (3 puntos)
9. Existencia de discapacidad física, psíquica o sensorial legalmente acreditada del alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del alumno. (7 puntos)
10. Condición de víctima de violencia de género o del terrorismo. (2 puntos)
11. Condición de antiguo alumno, del propio alumno, de los padres, tutores legales o de alguno de los hermanos del solicitante, en el centro para el que solicita plaza. (4 puntos)
12. Otra circunstancia, que podrá ser coincidente con algunos de los restantes criterios de admisión, acordada por el centro según criterios objetivos y que deben ser hechos públicos por el centro. (3 puntos)
Criterios de desempate
Los empates que, en su caso, se produzcan se dirimirán aplicando los criterios en el orden que a continuación se exponen.
1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro solicitado.
2. Mayor puntuación obtenida en el apartado de proximidad del domicilio o lugar de trabajo de alguno de los padres o tutores legales del alumno.
3. Mayor puntuación obtenida en el apartado de renta de la unidad familiar.
4. Mayor puntuación en el apartado de padres o tutores legales del alumno que trabajen en el mismo centro para el que se solicita plaza.
5. Mayor puntuación en el apartado alumno perteneciente a familia numerosa.
6. Mayor puntuación en el apartado alumno solicitante nacido de parto múltiple.
7. Mayor puntuación en el apartado alumno solicitante perteneciente a familia monoparental.
8. Mayor puntuación en el apartado alumno solicitante en situación de acogimiento familiar.
9. Mayor puntuación en el apartado discapacidad legalmente reconocida del alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del alumno.
10. Mayor puntuación en el apartado condición de víctima de violencia de género o del terrorismo.
11. Mayor puntuación en el apartado condición de antiguo alumno del propio alumno, de los padres, tutores legales o de alguno de los hermanos del solicitante, en el centro para el que solicita plaza.
12. Mayor puntuación en el apartado de otra circunstancia acordada por el centro según criterios objetivos y que deben ser hechos públicos por el centro.
13. Sorteo público realizado por la consejería competente en materia de Educación.